Mi administracion local tiene un colectivo de trabajadores desde hace más de 8 años sujetos a servicios subvencionados en parte. A algunos que ha despedido por carecer de subvención el juez los ha declarado indefinidos por considerar las contrataciones en fraude de ley (contratos sucesivos de obra o servicio). Y no ha tenido en cuenta el art. 52.2 de E.T., por considerar que el objeto del contrato va más allá de la fuente de financiación. Ahora esta Administración pretende dejar pasar el tiempo, y los trabajadores que ahora finalizarían sus contratos a 31/12 pedirles que continúen trabajando para declararlos indefinidos de oficio, para así poder invocar el citado art. 52.2 del E.T. Pero ni hay Convenio Colectivo que ampare esta situación, ni resolución que defina la situación laboral en que quedarían los trabajadores, ni se ha negociado con el Comité de Empresa. ¿Esto es ilegal, no? Además, si los funcionarios del servicio no presentan informes negativos, ¿Estarían prevaricando?. Gracias por su respuesta.
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